INTRODUCCION

El titulo del trabajo no es casual. Existe la idea en coincidencia con los hechos y procesos históricos de nuestro país, de que los hombres de armas apoyados por sus huestes, o aprovechándose de ellas, así como de sus rangos o influencias, obtienen grandes propiedades como pago de sus esfuerzos en el triunfo contra los españoles. El patriotismo se convierte entonces en ricas haciendas y el sacrificio da paso a una situación de prosperidad, y ciertamente de gran acumulación de tierras. Un trabajo monográfico de estas características, donde analizaremos expedientes judiciales y el contexto histórico específicamente de la Venezuela republicana, donde se desenvuelve el prócer José Laurencio Silva,  nos permite aproximarnos, a entender como los lauros independentista, el poder de lo militar y las influencias políticas, implicaron en muchas situaciones como los hombres de armas se vuelven tenedores de grandes extensiones de tierra y de este modo profundizando el predominio sobre los dependientes u ocupantes de dichos predios.

Por otra parte, es importante dejar claro, que no es nuestra intención hacer juicios de valor sobre la epopeya y talla del héroe. No cabe la menor en el autor que el apetito de tierras no existió en los propósitos de un hombre como Silva, en medio del conflicto independentista. Este es un proceso posterior, inclusive a nuestro entender, creado de alguna manera, por la forma como se premió a los hombres que forjaron la gesta de emancipación frente a España, la cual vista la carencia de recursos en las arcas de la naciente República, se materializó con el otorgamiento de extensiones de tierra, en base a los parámetros de las Leyes de Haberes Militares.

En el trabajo que nos atañe, revisaremos expedientes judiciales de la Circunscripción Judicial de San Carlos y Tinaquillo, de procesos judiciales por despojos de tierras incoados por miembros de la familia Franco Natera  en contra del general José Laurencio Silva entre 1844 y 1858 y de de parte de Lorenzo Morales en 1858.

LATIFUNDIO MILITARISTA

El conflicto bélico independentista que puso fin al dominio español no produjo mejoramiento alguno en la repartición de la tierra, tal como señala Izard (1972), cuando comenta lo siguiente:

Si la guerra destruyó muchas cosas, dejó sin embargo intactas las viejas estructuras agrarias coloniales. Siguió concentrada la buena tierra en grandes propiedades y a los sumo algunos latifundios cambiaron de propietario. Es conocido el hecho de que algunos héroes de la independencia, aprovechándose incluso de las necesidades de la tropa que se vio obligada a malvender los “vales” con que había sido pagada, ingresaron en el mantuanaje. (p.132)

Se podría definir al “Latifundio” como el producto de la apropiación indebida de tierras pertenecientes al Estado, por hombres que hicieron de la propiedad un modo de vida, orquestando practicas de forjamiento de títulos, ocupación de terrenos baldíos. En este sentido comenta Lovera (2009) lo siguiente:

Por cuanto pareciere que el llamado latifundio pudiera encontrase exclusivamente un ansia desmedida de apropiarse cada vez más de tierras, es preciso recordar que la ampliación era el único medio de aumentar la producción agrícola, en un tipo de explotación en el cual no se practicaban los métodos de la agricultura intensiva. (p.42)

El latifundio en Venezuela, es en gran medida efecto de los HABERES MILITARES, que se concedieron en 1821 por parte del El Libertador y el naciente gobierno de Colombia, a los hombres que le acompañaron en la guerra de independencia y donde la lucha contra la corona española justificó los decretos de confiscación de la propiedad.

Es importante señalar, que Venezuela en la llamada colonia tardía, poseía en gran medida registro de las propiedades, basadas en los parámetros de las Leyes de Indias.

Los haberes militares, los concedía el gobierno de la Gran Colombia, por servicios prestados a la libertad republicana, pero, e aquí la diferencia, ante la ausencia de presupuesto real en las arcas del tesoro, pauta la entrega equivalente en extensiones de tierra, casas, hatos o haciendas, como parte de  pago. Se explica entonces el motivo por el cual, existan en la actualidad, en el territorio venezolano, propiedades que expresan esta tradición, en manos extranjeras.

A los efectos, el latifundio es la plena propiedad de grandes extensiones de tierras en pocas manos, sub utilizada o sub explotada, cuya contrapartida esta sustentada en el minifundio o pequeñas unidades de producción ocupadas por muchas manos, de las que raramente se obtiene el mismo título para la subsistencia del poseedor.

Con los HABERES MILITARES, en 1821, se desmonta de manera definitiva la relación de plena propiedad que tenían los Reyes de España y sus súbditos sobre la Capitanía General de Venezuela, de todas aquellas manifestaciones de adjudicación emanadas de estos (toda tradición documental), para propietarios, pisatarios  o de mercedes indígenas, confiscadas las propiedades de los traidores oligarcas que no apoyaron la guerra de independencia.

De allí, que el repartimiento de tierras concedido como HABERES MILITARES sean el preludio para el latifundio militarista venezolano, sobre la figura del terrateniente de tipo social de por si existente, constituido por la clase propietaria originaria; que sirve de prologo para la consolidación del caudillo, que a partir de 1821, se instituye como generalato. De esta manera, el terrateniente se asimilará a la figura del caudillo militar, que ahora con tierras que le originan una renta, podrá hacer una guerra particular.

Solo los altos mandos recibieron las extensiones de tierra más prosperas y extensas y se convirtieron en latifundistas, sólo el soldado raso ocupará predios equivalentes al minifundio y sirvieron a estos en las mismas condiciones en las que actuaban antes de la guerra, es decir, esclavos o manumisos; convertidos en soldados libertos. Al respecto comenta Pino (2007:239), lo siguiente: “Entonces la posesión de grandes heredades no sólo cubrió las expectativas esenciales de los hombres de armas. También ofreció una flamante plataforma para la continuación de su hegemonía…”

José Laurencio Silva y la Venezuela Republicana

Desde la creación de la República de Venezuela en 1830, el sistema político venezolano se caracterizó por una gran contradicción en su proceso de secularización política. En otras palabras, pese a que la sociedad tradicional fue cediendo ante procesos más dinámicos en donde las estructuras sociales, roles y subsistemas políticos se fueron especializando y complejizando, la autonomía de éstas era poca o relativa en relación con el poder establecido. En este sentido, se puede afirmar que aunque existía un proceso de diferenciación en la estructura de poder del siglo XIX venezolano, había una baja autonomía de los roles y subsistemas políticos que tenían la función de garantizar la estabilidad jurídico-institucional de la sociedad.  Una de las prácticas más comunes y representativas de la baja autonomía de los subsistemas políticos a fines del siglo XIX, la tenemos en la artimaña política de controlar el poder sin estar necesariamente a la cabeza del ejecutivo.

Desde el punto de vista subjetivo, el resultado de la aplicación de prácticas de control político del gobierno, derivó en la formación de una cultura política de alta desconfianza en las instituciones del Estado, una actitud refractaria ante las posibilidades reales de participación política y en muchas circunstancias la ruptura violenta en contra del marco constitucional vigente. En definitiva, fue en este contexto de baja autonomía de las estructuras y subsistemas, que garantizaran la estabilidad política que se produjeron múltiples movimientos contra-legitimadores, los cuales impugnaban las maniobras tendientes a mantener una élite en el poder.

En esta realidad de la Venezuela de 1831, regresa José Laurencio Silva, el prócer de su periplo sudamericano y como hombre de confianza del Libertador, hasta sus últimos días. Para 1835, intervino José Laurencio Silva, en la Revolución de las Reformas, que en cierta forma, para algunos historiadores más no para este autor “oscurece” ante la historia su brillante trayectoria y hoja de servicios. En efecto, participó junto con los generales Santiago Mariño, Pedro Briceño Méndez, Diego Ibarra y Pedro Carujo, en la insurrección contra el gobierno del Dr. José María Vargas. Silva, al verse sofocada la insurrección por el general Páez, renunció a la sublevación Armanda y sirvió de intermediario para lograr de manera incruenta, el rendimiento de la plaza de Puerto Cabello en 1836.

El 05 de julio de 1841, con motivo del trigésimo aniversario de la Proclamación de la Independencia y en homenaje a la memoria de El Libertador, José Laurencio, traslado desde Perú hasta Caracas el “Estandarte de Pizarro”. En 1842, durante la segunda presidencia de Páez, intervino en las honras fúnebres a los restos mortales de Bolívar, en la oportunidad, en que estos fueron trasladados desde Santa Marta.

La lucha política entre partidos Liberales y Conservadores, va a encontrar su máximo “ clímax”, con motivo, de los acontecimientos del 24 de enero de 1848. La consecuencia de mayor trascendencia en estos sucesos, fue el hecho, de que Páez y su grupo de Conservadores, que habían manejado la República, desde 1830, fueron sustituidos en el poder por José Tadeo Monagas y sus seguidores liberales. Lo cual hizo a Páez tomar de nuevo las armas. Para el 15 de agosto de 1849, el general José Laurencio Silva, en su condición de Jefe de Operaciones de la Provincia de Carabobo y Comandante de la División Bolívar, sometió al general Páez, mediante la firma de una honrosa capitulación que fue desconocida por Monagas, maltratando al legendario héroe de las Queseras del Medio.

Para 1853, el general José Gregorio Monagas, le designa una nueva responsabilidad militar como Jefe de Operaciones de las Provincias de Carabobo y Portuguesa.

Considerando los grandes servicios prestados al Gobierno de 1846, el presidente José Tadeo Monagas, en 1855, lo nombró Ministro de Guerra y Marina.

Para marzo de 1858, el Presidente Julián Castro, lo designó  Consejero de Gobierno.

Con respecto a la participación de Silva en la Revolución de Marzo, comenta Castillo Lara, lo siguiente:

A buen tiempo José Laurencio Silva se había pronunciado por la revolución. De haberse dilatado se habría visto en un conflicto moral. Porque al día siguiente el Presidente Monagas ignorante de la actitud contraria de Silva, lo designa desde Caracas Jefe de Operaciones de las Provincias de Carabobo y Cojedes. Pero ya era inútil, José Laurencio había tomado su resolución. (p.338)

En marzo de 1859, es nombrado Jefe de Operaciones del sur occidente, con poder sobre las tropas de Cojedes, Portuguesa, Barinas y Apure. Por lo cual, le correspondió participar contra las fuerzas federales encabezadas por el general Ezequiel Zamora.

Sobre las últimas actividades públicas del general José Laurencio Silva, comenta Zuloaga (1995:66) lo siguiente: “Para julio de 1863, el Presidente Juan Crisóstomo Falcón, lo designó Consejero del Gobierno. Ameritaba un descanso aquel infatigable guerrero. Es por eso, que a partir de ese último año, se retiró Silva definitivamente de la Administración Pública”.

LA HISTORIA DE UN DESPOJO 

Es importante destacar como punto medular de la presente investigación que los argumentos, opiniones  y juicios de valor que mencionaremos son estricta transcripción de Expedientes Judiciales que reposan en la Oficina de Registro Principal de San Carlos  y es nuestro oficio traerlos al presente, analizarlos e interpretarlos.

El General José Laurencio Silva para 1831 cuando regresa a Venezuela a vivido, como lo señala Castillo Lara (1991:275): “Por veinte años obsesionado con un objetivo brutal, por más noble que fuera el fin. Herir! Y Matar! “. Ciertamente, un prócer a carta cabal, pero igualmente un hombre de su época, con sueños, interese y deseos de progresar y sacar adelante a su honorable familia. Silva llega a una patria, en donde los hacedores de la patria, buscaban hacer valer su sacrificio y por ende compensar todos sus desmanes pasados con poder tanto político como económico, tal como lo hizo Páez y Monagas entre otros. Especialmente para José Laurencio, la situación no fue tan fácil la situación; cuando arriba a Caracas es uno de los militares excluidos del Ejército. Iniciando una larga etapa de su vida dedicada a las faenas del campo y con puntuales apariciones en la palestra pública. Al respecto comenta Castillo Lara (1991:276) lo siguiente: “La tierra lo llamaba con sus voces ancestrales. La tenía metida adentro y la quería sacar del sueño para medirla con sus siembras”.

En esos años de retorno a la patria, José Laurencio se dedicó en principio a atender el patrimonio familiar de su esposa Felicia, que principalmente estaban constituidas por sus tierras de Chirgua, conocidas hoy en día como Monte Sacro. Originalmente esas tierras, con su trapiche y siembras fueron de Juan Vicente Bolívar y su tío Feliciano Palacios. Para 1827 toda la propiedad pasa a nombre de El Libertador Simón Bolívar, ya que él legalmente era el heredero de su hermano fallecido y además para la fecha adquiere de su tío Feliciano Palacios su parte. Ese mismo año, el 23 de junio, el Libertador hace donación a Juan, Fernando y Felicia, del Trapiche de Chirgua y de la Cuadra Bolívar, entrando de una vez de su uso y disfrute. Si alguno se casare gozaría gozaría de su parte por separado, pero no podía dividirla. La parte de Juan que estaba padecía una enfermedad mental, la administraba su madre Josefa Tinoco. Así llega la hacienda del Valle de Chirgua  estar bajo el dominio de José Laurencio Silva.

Igualmente, el general Silva, como a ejercer importante influencia por su invaluable prestigio, no solo en los llamados Valles Altos de Carabobo, sino también en los llanos Cojedeños, Portuguesa y  Apure, donde empieza a figurar también como importante hacendado. Al respecto comenta Carrillo Moreno  (1973) lo siguiente:

Posee un hato en las costas de Apure con seis leguas de extensión, en jurisdicción de San Antonio, cerca del camino real que iba a San Jaime. Más adelante adquiere unos derechos en la posesión comunera Chiverry, donde hace una fundación entre el río Portuguesa y las montañas de Turén. (p.263).

El general Silva divide su atención entre Chirgua y los hatos, alcanzando una importante posición económica. Señala Castillo Lara (1991:280), que  Silva : “Adquiere otros bienes, entre ellos una posesión cañera en La Victoria, que se llamó “Silvita”.

De igual forma el general Silva, tuvo muchos intereses en Cojedes. Y en nombre propio y en representación de terceros, se vio en posesión de importantes extensiones de tierra, las cual explotó. Ahora bien la forma de cómo fueron adquiridas, es el centro de esta investigación como ya antes he mencionado, y la cual paso a exponer con referencia a Expediente Judiciales contentivos de Juicios de Despojo comprendidos desde 1844 hasta 1858, en los que vecinos de Cojedes se ven afectados por supuestas posesiones ilegales de sus terrenos por parte del general Silva, a continuación paso a comentar algunos de esos casos:

Expediente Judicial Juzgado de 1era Instancia de San Carlos 20 de Mayo de 1944. José María Hernández y José Félix Granadillo vs Sevilla y Escovares, J.L.Silva

Andrés Villanueva en nombre y con el poder que acompaña de los señores José María Hernández y José Félix Granadillo el primero vecino de Tinaquillo y el segundo de la ciudad de Valencia, ante Ud  procedo en derecho expongo: que mis representados formalmente entablan juicio de despojo, en cuanto a los terrenos que poseen en jurisdicción de Tinaquillo contra los Sevillas y Escovares, representados por el General José Laurencio Silva.

Los Sevillas y Escovares personas todas de pobre y mezquina educación, movidos siempre por el capricho  y la mala fe; se han convertido en instrumento de venganza y de maldad, inquietando al ciudadano horado y laborioso. Con este fin han dado poder general José Laurencio Silva quien no reconoce la Ley entre sus semejantes, ha revolucionado el pueblo entero de Tinaquillo y ha angustiado considerablemente los trabajos de este Tribunal.

El antes mencionada apoderado proyecto y verificó un deslinde sin haber citado a todos aquellos colindantes

Solicitud de amparo por despojo intentando por ante el Juzgado de Parroquia de Tinaquillo en fecha 7 de febrero de 1857.

José Victorino Franco Natera, vecino de esta parroquia, me represento y declaro que en una propiedad que poseo en el sitio de Tamanaco de esta jurisdicción que hube por compra legitima que hice a sus legítimos dueños. Ahora me es perturbada la posesión por unos despojadores quienes son los señores Francisco y Antonio Lipez, padre e hijo, el Capitán Justo Arraez, diciendo que tenía orden del General José Laurencio Silva, para tumbar todos los montes y fundar una hacienda de caña.

Expediente Judicial Juzgado Civil de San Carlos 15 de Diciembre de 1857.

El Dr. Guillermo Tell Villegas en representación de los herederos de José Victorio Franco Natera, solicitando se mantenga a estos en la posesión de un terreno de que han sido despojados por el General José Laurencio Silva.

Escrito de Solicitud:

Señor Juez de 1era Instancia.

GUILLERMO TELL VILLEGAS, abogado, y vecino de esta ciudad, en representación de los sucesores del finado Victorio Franco según el poder general que con el carácter devolutivo consigno, a Uds, con todo el respeto debido ocurro solicitando les ampare en la posesión que tienen en un terreno situado en jurisdicción de la parroquia de Tinaquillo y del cual han sido despojados por auto judicial que al abrigo de expresa mentira y maliciosa ocultación de la verdad, fue alcanzado el cinco de septiembre pasado, ante este Tribunal por el Señor Juan Vicente Silva a nombre y con poder de su padre el Señor General José Laurencio Silva.

No ha transcurrido un año después del despojo, con buena fé y justo título están mis representados en posesión de su terreno, y no se tuvieron por parte del Tribunal a la vista expedientes de mucha importancia y justo es por consiguiente, la solicitud de los sucesores de Franco, que hoy se ponen por mi representados bajo el amparo de la Ley, reclamando su imparcial aplicación.

En la oficina principal de Registro existen archivados los autos promovidos en el año de 1844, por el señor Doctor Andrés Villanueva con poder de José Victorio Franco, pidiendo amparo  contra el General Silva, que les perturba en la quieta y pacifica posesión del terreno citado.

Pendientes como están su archivamiento en dicho registro, pido que se reclamen , ya que pertenecen al archivo de su tribunal, y para que clarifique que dichos títulos y actas ponen claro esta cuestión y suministran al tribunal luz suficiente para ver las cosas con la claridad y decidirlas con justicia. Traigalos y Ud vera los títulos autenticos que con una antigüedad de más de 200 años favorecen a los sucesores de Victorio Franco en la propiedad del terreno cuya posesion se les ha arrebatado por una sorpresa hecha al tribunal: vera que disfrutando el general Silva en 1836 el expresado terreno, NO EN NOMBRE PROPIO, sino como apoderado de los Escobar y Sevilla, fue condenado por una sentencia pronunciada el 16 de Diciembre de aquel año, por el Juzgado de 1era Instancia de San Carlos, el 12 de julio de 1837 por la Corte Superior de Distrito y el 2 de septiembre por la Suprema de la República cuyas decisiones favorecieron a los antecesores de mes representados; y vera por último que sin embargo de las decisiones y perturbado Victorio Franco en la posesión de sus tierras, viose en la necesidad de ocurrir  como lo hizo a los tribunales a pedir el ampara que se acordó el 16 de marzo de 1844.

Sentencia del Juzgado de 1era Instancia de San Carlos del 16 de Diciembre de 1857.

Vista la solicitud que antecede hecha por el Dr. Guillermo Tell Villegas como apoderado de los herederos de Victorio Franco  y los diversos expedientes que se han pedido a la oficina de registro de este canton que tienen relación con este mismo asunto. Aparece que en marzo de 1844 pidio Carmelo Asuajes como apoderado de los Sevilla y Escobar, deslinde de unos terrenos situados en las parroquias Tamanaco y Tinaquillo, que son los mismo que ha reclamado como suyos el General José Laurencio Silva. Luego de considerar alegatos de los demandantes este tribunal decide en los siguientes términos: Atendiendose a lo expuesto de conformidad con lo que solicita el apoderado de los herederos de Victorio Franco, librese despacho al Juez de Parroquia de Tinaquillo para que mantenga a estos en la posesión  de los terrenos en litigio.  

Mateo Estevez

Mandato de restitución del Tribunal de Primera Instancia de Instancia de San Carlos al Juzgado de Parroquia de Tinaquillo de fecha 17 de Diciembre de 1857

Al Señor Juez de Parroquia de Tinaquillo.

Hace saber que a solicitud presentada por el Dr. Guillermo Tell Villegas, como apoderado de los herederos del finado Victorio Franco, pidiendo se restituya a estos en la posesión de un terreno situado en la parroquia de Tinaquillo que han sido despojados por el General José Laurencio Silva, se ha mandado a librar de presente de restitución.

Identificación de las tierras: linderos: dela boca de casupo y cae al rio Tamanaco o la cumbre de Tetas, de esta misma boca de casupo, aguas arriba hasta su cabecera y de esta cabecera , linea recta a paso real, del rio Tirúa, camino de la Palomera, quedando libre la parte comprendida, a cuyo favor se fijaron cuatro botalones en la linea dicha de la boca de casupo a la cumbre de tetas.

Mateo Estevez

Acta de Ejecución de Mandato por parte del Juzgado de Parroquia de Tinaquillo de fecha 21 de Diciembre de 1857.

Casupo, 21 de Diciembre de 1857

Constituido el tribunal en el punto con el objeto de mantener en posesión de los terrenos que poseen los herederos de José Victorio Franco, en cumplimiento de Despacho del Juez de 1era instancia de fecha 17 de Diciembre de 1857. Y en virtud del  misma se procedió a realizar nuevo alinderamiento.

Juez de Parroquia

Al parecer el alinderamiento no fue satisfactorio para los demandantes y consignaron una diligencia  firmada directamente por los herederos, la cual denota su inconformidad con la restitución acordada por el Juez de 1era Instancia de San Carlos. Enero de 1858.

Identificación…… Habiendose librado el correspondiente despacho al Juez de parroquia de Tinaquillo para que diera cumplimiento a la disposición del Juzgado de 1era Instacia, este juez sin atender a las indicaciones sobre los puntos de alinderamiento que comprenden el terreno despojado a mi padre por el General José Laurencio Silva, nos redujo por la demarcación de un lindero a una pequeña parte del terreno que perteneció a mi padre.

Por la simple lectura de la diligencia de posesión puesta por el Juez de Tinaquillo el 21 del mes anterior, observará que nada se hizo puesto que solo se indican tres puntos del terreno.

Esta sola irregularidad en la posesión que acaba de darle a los herederos de mi padre bastaría para que no nos conformaramos con aquella operación.

Esta diligencia NO fue acordada por el Tribunal de 1era Instancia de San Carlos y ratifico la actuación del Juzgado de Tinaquillo.

Solicitud de amparo por despojo intentado por ante el Juzgado de Parroquia de Tinaquillo en fecha 10 de Septiembre de 1858.

Posteriormente, en Septiembre de 1858, se presenta hace una solicitud de Inspección Judicial en unos terrenos que ocupaba  el General Silva de parte de un vecino de Tinaquillo llamado Lorenzo Morales.

Escrito de demanda de fecha 10 de Septiembre de 1858:

Juez de Parroquia de Tinaquillo

Lorenzo Morales, vecino de San Carlos, procediendo en derecho expongo:

Sírvase examinar los testigos que presento previo las formalidades de Ley por los particulares siguientes:

1.- Si les consta que de la posesión otorgada por los tribunales a el general José Laurencio Silva sobre terrenos ubicados en esta parroquia, quedó incluido una parte de terreno propiedad del exponente entre el Cerro Las Tetas y el Rio Tinaquillo.

2.- Si les consta que el señor general Silva ha ejercido en dicho terreno actos de dominio, y por esto me ha privado y me tiene privado de la posesión del referido terreno.

3.- Si es cierto que no hace un año que fue interrumpido por el General Silva.

CONCLUSIONES

Viajero de la Lealtad, Paradigma de lealtad, palabras más que ganadas. Ni siquiera Lisandro Alvarado duro crítico de Silva, puede desconocerlas. José Laurencio Silva, un hombre de su época, actuó como el momento histórico lo exigía, su nombre e influencias por delante. En ese entonces el fenómeno de la gran acumulación de tierras por parte de principales personajes de la vida republicana fue un hecho y una practica muy común. Inclusive podemos ver como ya muy avanzado el siglo XIX y comienzos del siglo XX, los generales Guzmán Blanco y Gómez también lo hacen.

La intención principal de nuestra investigación, es hacer notar, que no todo esta dicho en la historia sobre hombres y procesos de los que se creía se sabía todo. Para evitar la tergiversación de la historia, debemos los investigadores del pasado realizar este tipo de aportes, para tratar de presentar una historia lo más apegada a la realidad y desmontar en los casos  que los haya, intenciones de manipular o cambiar la misma.

Las nuevas tendencias en estudio de la historia, apuntan a la revisión de personajes y procesos históricos, más allá de lo notorio y epopéyico, dado el caso. Nos referimos al estudio del momento histórico, del contexto de una época y un lugar, tomando en consideración fuentes inéditas producto de la arqueología documental que los investigadores de estos tiempos debemos hacer, para profundizar en la busqueda más certera de los hechos históricos detrás de esos personajes y procesos a estudiar, con la finalidad esencial de contribuir con nuevos conocimientos en el avance de la historia.

REFERENCIAS

1. FUENTES INEDITAS

Documentales

1.1. Expediente Judicial Juzgado de 1era Instancia de San Carlos 20 de Mayo de 1944. Registro Principal de San Carlos, Estado Cojedes.

1.2. Solicitud de amparo por despojo intentado por ante el Juzgado de Parroquia de Tinaquillo en fecha 7 de febrero de 1857. Registro Principal de San Carlos, Estado Cojedes.

1.3. Solicitud de amparo por despojo intentado por ante el Juzgado de Parroquia de Tinaquillo en fecha 10 de Septiembre de 1858. Registro Principal de San Carlos, Estado Cojedes.

2. FUENTES EDITAS

2.1  Bibliográficas

CARRILLO MORENO, José (1991). José Laurencio Silva: Paradigma de Lealtad. Archivo del Prócer. Tomo I. Caracas. Ministerio de la Defensa.

CASTILLO LARA, Lucas G. (1991). José Laurencio Silva Viaje alrededor de una lealtad. Caracas. Congreso de la República.

IZARD, Miguel (1972) La agricultura venezolana en una época de transición 1767-1830. Boletín Histórico. Caracas. Fundación John Boulton.

LOVERA, José Rafael (2009) Vida hacienda en Venezuela Siglos XVIII al XX. Caracas. Fundación Bigott.

PINO ITURRIETA, Elías (2007)  Nada sino un Hombre. Caracas. Alfa Grupo Editorial.

ZULOAGA, Argenis (1995) José Laurencio Silva: En la orbita de la    Libertad Suramericana. Maracaibo. Ars  Gráfica C.A .