Desde el punto de vista cronológico, el Congreso de 1830 en la ciudad de Valencia constituye el segundo acontecimiento de trascendencia nacional que ocurrió durante la existencia de la “Provincia de Carabobo”.

Este congreso vino a ser la consecuencia final de una serie de eventos que fueron sucediendo durante la segunda década del siglo XIX luego de la partida del Libertador Simón Bolívar del Departamento de Venezuela en 1821 para emprender su campaña por el sur del continente.

Durante esos años, el malestar que se venía generando entre los venezolanos y el Vicepresidente Santander iba creciendo en progresión geométrica y ya la famosa asamblea de los diputados de los cabildos de los departamentos de Venezuela y Apure en  Valencia en el año 1826 anunciaba los vientos que se avecinaban en la región.

A este congreso asistieron 33 de los 48 diputados convocados provenientes de Cumaná, Barcelona, Margarita, Caracas, Carabobo, Coro, Mérida, Barinas, Apure y Guayana, quienes dieron inicio a las sesiones el 6 de mayo 1830 y sancionaron la nueva constitución el 22 de septiembre en cuyo texto figuran (entre otras) las siguientes decisiones:

  1. El departamento de Venezuela se separa de la república de Colombia y se crea la República de Venezuela.
  2. Se nombra como su presidente al Gral. José Antonio Páez siendo el período constitucional de 4 años.
  3. Se establece que el tipo de gobierno es centro-federal.
  4. Se eliminan los fueros eclesiásticos y militares.
  5. Se adoptó la división tradicional de los poderes del estado en Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
  6. El Poder Ejecutivo estaba conformado por el Presidente de la República, los Secretarios, el Ministro de la Corte Suprema de Justicia y cuatro miembros del congreso.
  7. El Poder Legislativo estaría conformado a nivel nacional por los Representantes y los Senadores.
  8. El Poder Judicial se componía por la Corte Suprema de Justicia, las Cortes Superiores y los Tribunales.
  9. En cuanto a los límites de la nación, se aplicó el principio del “Utis Possidetis Juris” que significa que (lo que se poseyó se seguía poseyendo), por lo cual el territorio de Venezuela era el mismo que correspondía a la Capitanía General de Venezuela en 1810 y en cuanto a lo interno del territorio se mantuvo la división de (Provincias, Cantones y Parroquias).

A manera de conclusión el Congreso de 1830 constituyó el acontecimiento político más importante ocurrido durante la existencia de la “Provincia de Carabobo” ya que con el nada más y nada menos nace la República de Venezuela.

Nota: La fotografía que ilustra el presente artículo corresponde a los pasillos internos del Museo “Casa de La Estrella” en Valencia, Edo. Carabobo. En este inmueble que hoy en día es Monumento Histórico de la Nación, se realizó el mencionado Congreso de 1830 y de seguro en esos pasillos, los diputados en sus ratos libres debatieron para ponerse de acuerdo en sus decisiones.

Carlos Cruz

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